La simplificación de la Taxonomía UE: implicaciones prácticas para empresas y entidades financieras

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La Taxonomía de la UE entra en una nueva fase de simplificación. Tras varios años de implementación, la Comisión Europea ha introducido ajustes relevantes dentro del paquete Ómnibus para hacer el marco más ágil y aplicable, sin renunciar a su ambición ambiental.

En este sentido, a inicios de 2026, la Comisión Europea adoptó el Reglamento delegado (UE) 2026/73, que introduce una serie de simplificaciones relevantes en los requisitos de aplicación y reporte de la Taxonomía.

El objetivo de la Comisión Europea ha sido reducir la carga administrativa y permitir que la Taxonomía cumpla su objetivo final de forma más eficiente, que es canalizar inversiones hacia actividades alineadas con el Pacto Verde Europeo a través de un lenguaje común tanto para empresas financieras como no financieras.

Principales medidas de simplificación

Las nuevas disposiciones introducen medidas relevantes en términos de simplificación:

  • Umbral de materialidad: Las empresas quedan exentas de evaluar la elegibilidad y alineación de aquellas actividades económicas que no sean financieramente materiales. Se consideran no materiales las actividades que representen cumulativamente menos del 10% de los ingresos, CapEx u OpEx.
  • Simplificación del OpEx: Las empresas no financieras podrán omitir la evaluación de alineación de todo su gasto operativo cuando este no sea material para su modelo de negocio.
  • Entidades financieras: Se simplifican indicadores clave como el Green Asset Ratio (GAR) de los bancos, y se introduce una opción para no reportar determinados KPIs (Honorarios y comisiones, y Cartera de negocio) durante un periodo de dos años.
  • Reducción de cargas de reporte: Se disminuye significativamente el número de datos a reportar: un 64% menos para empresas no financieras y un 89% menos para entidades financieras.
  • Criterio DNSH de contaminación: Se simplifican los criterios de “no causar un perjuicio significativo” (DNSH) en relación con la prevención y control de la contaminación vinculada al uso de sustancias químicas.

Cambio clave: aplicación de materialidad

Uno de los avances más relevantes es la introducción de un umbral de materialidad del 10%.

A partir de ahora, las empresas no financieras podrán excluir del análisis de elegibilidad y alineamiento de aquellas actividades que representen menos del 10% de manera acumulada de sus ingresos, CapEx u OpEx. Esto evita dedicar recursos a actividades menos materiales y permite focalizar el análisis en el núcleo del negocio o en las inversiones más relevantes.

Además, sigue en vigor la exención del reporting del indicador del OpEx, es decir que cuando este no sea material, las compañías podrán omitir completamente su evaluación de alineación, simplificando aún más el ejercicio.

Este enfoque refuerza la coherencia entre el reporting de Taxonomía y los estados financieros. En la práctica, la identificación de actividades materiales debería estar alineada con la forma en que la empresa analiza su desempeño financiero, en particular con la lógica de segmentación establecida en IFRS 8 Operating Segments.

Implicaciones para la aplicación de la materialidad

  • La evaluación de materialidad bajo la Taxonomía no debería hacerse de forma aislada, sino en línea con los segmentos operativos reportados y la materialidad financiera aplicada en los estados financieros.
  • Los KPIs financieros de la Taxonomía (ingresos, CapEx, OpEx) deben ser consistentes con la información financiera publicada.
  • Se refuerza la trazabilidad y auditabilidad de la información en Taxonomía.

Reporting simplificado

La simplificación también se refleja en una reducción significativa del volumen de data points a reportar en las tablas oficiales:

  • 64% de data points para empresas no financieras.
  • 89% de data points para entidades financieras.

Este recorte en las tablas oficiales de reporte supone un cambio sustancial, especialmente para organizaciones con estructuras complejas o con presencia de múltiples actividades.

En el caso de las entidades financieras, también se introducen flexibilidades adicionales: se simplifican indicadores como el Green Asset Ratio (GAR) y se permite, de forma temporal, no reportar los KPIs de “Honorarios y comisiones” así como el de “Cartera de negociación” durante dos años. También se introduce la aplicación del 10% del umbral de materialidad para el indicador GAR.

Aun así, esta simplificación no implica una pérdida de información clave, ya que se introducen nuevas métricas más útiles y comparables. En este sentido, pese a esta reducción de data points, las tablas oficiales introducen dos nuevos indicadores relevantes para las empresas:

  • El porcentaje de alineamiento sobre actividades elegibles, que permite entender mejor el grado real de alineación dentro del perímetro analizado.
  • El porcentaje agregado de actividades no materiales no evaluadas, desglosado por KPI financiero (ingresos, CapEx y OpEx), aportando transparencia sobre el alcance efectivo del análisis.

Ajustes técnicos en el DNSH de Contaminación

Otro cambio relevante afecta al principio de “Do No Significant Harm” (DNSH). En concreto, se simplifican los criterios relacionados con la prevención y control de la contaminación vinculada al uso y presencia de sustancias químicas.

Este era uno de los ámbitos más complejos en la práctica, por lo que su simplificación mejora la aplicabilidad sin alterar el objetivo de evitar impactos ambientales significativos.

Entre los principales ajustes destacan:

  • Mayor flexibilidad en sustancias que agotan la capa de ozono: el criterio DNSH podrá cumplirse incluso cuando una actividad implique el uso de determinadas sustancias, siempre que esté permitido bajo excepciones específicas de la normativa europea.
  • Alineación con la Directiva RoHS: se permite el uso de ciertas sustancias peligrosas (como plomo, mercurio o cadmio) cuando existan exenciones reconocidas bajo la Directiva RoHS.
  • Simplificación bajo REACH y CLP: se elimina la obligación de evaluar sustancias auto-clasificadas bajo el Reglamento CLP, limitando el análisis a aquellas incluidas en la lista de candidatas de REACH. Esto reduce significativamente el número de sustancias que las empresas deben analizar.

Un marco en evolución

Estas medidas, adoptadas mediante el Acto delegado (UE) 2026/73 dentro del contexto del paquete “Omnibus I”, buscan hacer la Taxonomía más operativa y eficiente. No cambia su propósito, el cual es seguir canalizando inversiones hacia actividades alineadas con el Pacto Verde Europeo.

Estas modificaciones entran en vigor a partir del 1 de enero de 2026, siendo voluntaria su aplicación para el ejercicio de reporte del año 2025.

Además, este proceso de simplificación no se limita al reporte. Actualmente, la Comisión Europea ha revisado la gran mayoría de las actividades incluidas en los Actos delegados de clima y medioambiente, con el objetivo de ajustar y clarificar sus criterios técnicos. Se espera que estas modificaciones se aprueben previsiblemente antes de finales del segundo trimestre de 2026.

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